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La gestión de los derechos de reproducción reprografica en el mundo
La gestión de los derechos de reproducción reprografica en el mundoLa Feria del Libro Santiago de Chile 27 de noviembre de 1996
Por el Dr. Olav Stokkmo - Subdirector Ejecutivo de Kopinor 1 AntecedentesAl acercarme al tema de la administración colectiva de los derechos de reproducción reprográfica en el mundo, se debería aclarar dos hechos importantes. Primero, entendemos como reproducción reprográfica todas las copias que se presentan sobre un soporte gráfico, es decir fotocopias, telefax y impresos de las bases de datos. Sin embargo, la mayoría de la reproducción reprográfica hoy en día, existe en forma de fotocopias. Secundo, es importante hacer una distinción muy clara entre la piratería y el fotocopiado legal, que las sociedades de gestión realizan a través de sus actividades. La piratería de obras protegidas por el derecho de autor, es decir, las copias realizadas ilícitamente para su venta en el mercado, debería combatirse por todos los medios posibles. A este tipo de actividades no se le puede conceder ningún tipo de licencia. Sin embargo, dentro de las instituciones, tanto públicas como privadas, ya sean de tipo educativo o no, existe una gran necesidad por sacar fotocopias de pequeñas partes tanto de libros como publicaciones periódicas. Este tipo de fotocopiado cubre un interés legitimo del usuario. Las características de esta forma de fotocopiado son las siguientes:
Este tipo de fotocopiado, es decir cuando las fotocopias son de pocas paginas y para el uso personal dentro de una institución, pueden a menudo ser legal a través acuerdos. En muchos países de todos los continentes, los titulares han establecido instancias que administransus derechos de este tipo de reproducción reprográfica. 2 Incremento de los Materiales FotocopiadosUn informe de la Unión Europea de marzo de 1991, indica que por lo menos 260 billones de fotocopias de material protegido se sacan anualmente en el mundo entero. Con el fin de dar una idea de lo que ello significa en términos económicos, se puede decir que esto copias equivalen a 1,5 billones de libros de 200 páginas cada uno. Es decir unas 500.000 páginas por minuto. No cabe duda que esto tiene una enorme implicancia en la creación y publicación de libros y periódicos. Hoy en día, hablamos de 300 billones de paginas fotocopiadas de material protegido cada año en el mundo entero. Para acercarnos al amplitud de las fotocopias de material protegido en Chile, necesita utilizar extrapolaciones de estadísticas conducidas en países, donde se han establecido Organizaciones de Derechos de Reproducción (RROs/ADRs). Tales extrapolaciones indican que por lo menos 1 billón de fotocopias de material protegido se sacan anualmente en Chile. A fin de dar una idea de lo que ello significa en términos económicos, se puede decir que 1 billón de copias equivalen a 5 millones de libros de 200 páginas cada uno. El valor estimado de esta cantidad de fotocopias en Chile puede acercarse de alrededor de 8 billones de pesos anuales para los titulares chilenos y otros. 3 En qué sectores de la sociedad se sacan fotocopias?En lo relativo al incremento de las fotocopias que se realizan en los establecimientos educativos, en las administraciones gubernamentales, como en las organizaciones públicas y privadas, no existe prácticamente justificación para que éstas sean utilizadas libera. Por lo menos debe existir una remuneración equitativa en todos los casos en que las fotocopias se usan masivamente. Para tener una idea de las cantidades involucradas, utilizaremos como ejemplo la situación en los países nórdicos. En Dinamarca, Finlandia, Noruega y Suecia, con unos 23 millones de habitantes, se realizan sólo en educación unos 2,400 millones de copias cada año.
* comprende las universidades Como conclusión podemos decir que una fotocopia por cada tres fotocopias tomadas en los colegios escandinavos es una copia de una obra protegida por el derecho de autor. Estadísticas de países como Alemania por ejemplo, muestran las mismas cifras. La utilización del material protegido normalmente es más elevada en las universidades. En Noruega cada estudiante recibe anualmente en promedio 675 fotocopias de material protegido. Según una investigación realizada en Alemania, el 49 % de todas las fotocopias sacadas en las universidades y bibliotecas provienen de material protegido por el derecho de autor. En Japón el 40 % de las fotocopias tomadas en los establecimientos educativos superiores y en las bibliotecas de investigaciones son copias de material protegido.
La utilización de material protegido naturalmente varía en forma considerable en los diferentes sectores de la sociedad. Sin embargo, en todos ellos la cantidad total de material protegido copiado excede los limites de lo que podría describirse como "copias que no dañan a los titulares", que es la condición establecida por artículo 9.2 de la Convención de Berna para sacar copias sin la previa autorización del autor. En Noruega se han realizado también investigaciones en la administraciones gubernamental, la administración local y regional, y en las empresas privadas. El cuadro que figura a continuación, muestra algunos de los resultados. Investigaciones muestran lo mismo en Finlandia, Alemania, Inglaterra, Japón y las EE.UU. 4 El Contenido del Material CopiadoEl contenido del material fotocopiado varía de un sector a otro, como muestran los siguientes cuadros.
Las fotocopias de libros didácticos y de textos escolares y educativos son más frecuentes en las establecimientos educativos, mientras que las fotocopias de diarios y revistas son más frecuentes en la administración, tanto publica como privada. 5 Categorías de Titulares FotocopiadosLa representación global es uno de los requisitos fijados por la administración colectiva. Todos los autores cuyas obras pueden ser objeto de copia deberían participar en la administración colectiva. Es muy importante convencer a todos los titulares de derechos que una empresa conjunta ofrece mejor resultado a largo plazo.Los autores y los editores deberían participar en la administración colectiva, sin perjuicio de que el derecho a la reproducción reprográfica en sí mismo sea o no transferido al editor. Pero, el tomar contacto directo con los poseedores individuales de derechos y tratar de persuadir a cada uno de ellos a que firme un acuerdo, es un proceso cansado y un trabajo que rinde poco económicamente. Por eso, la mayoría de los RROs han trabajado, hasta el presente, a través de las asociaciones de titulares de derechos. Basándome en las experiencias de las sociedades ya establecidas, puedo concluir que los que se pueden hacer miembros de una sociedad de gestión de derechos de reproducción reprográfica, son los siguientes autores y editores: Editores de
Autores de:
6 La Convención de Berna y el Derecho Exclusivo del AutorLa base fundamental para el trabajo que realizan todos las sociedades de gestión en la materia de reproducción reprográfica, constituye el derecho exclusivo del autor de autorizar cualquier forma de reproducción de su obra. Lo anterior está establecido por la Convención de Berna, artículo 9.1, así como por la Ley de Derechos de Autor en todos los países miembros de la Convención de Berna. El fotocopiado es una forma de reproducción. Entonces necesita la autorización del autor. Sin embargo, se requiere también el consentimiento del editor, cuando un autor desea autorizar la toma de fotocopias de material que ya se haya publicado. En mi país, al igual que en muchos otros países, se han firmado contratos entre autores y editores que no incluyen los derechos de licencia para fotocopiar. Tampoco los editores noruegos están protegidos por la Ley de derechos de autor. Pero, la toma de fotocopias, aun tratándose de una pequeña parte de un libro, puede estar en conflicto con los intereses del editor en lo que concierne a la venta del libro. Por consiguiente puede tener dificultades con la legislación sobre competencia indebida. Ello significa que para autorizar la toma de fotocopias de material impreso y publicado se requiere el consentimiento tanto del autor como del editor. 7 La Gestión Colectiva de los Derechos de Reproducción ReprográficaEn la mayoría de los casos la necesidad de sacar fotocopias en el interior de un establecimiento, surge repentinamente. También involucra a varios poseedores de derechos en cada ocasión. En estos casos, la gestión colectiva de los derechos de reproducción es la única forma de administración que permite a los usuarios sacar fotocopias legalmente, y a los titulares de obtener compensación económica y de lograr al menos un cierto control, al mismo tiempo. El acuerdo conduciría, indudablemente, a que el usuario saque la mayor parte de sus copias dentro del marco de las disposiciones establecidas por el acuerdo. La administración colectiva de los derechos es necesaria cuando la administración individual es
8 Kopinor - la Sociedad NoruegaKopinor fue establecida por autores y editores noruegos el 30 de abril de 1980. Desde entonces se han recaudado 50 billones de pesos en concepto de derechos por fotocopias de material protegido por derechos de autor, tomadas en Noruega para uso interno. Alrededor de 70% de las fotocopias de material protegido por derechos de autor para uso interno en Noruega, se sacan legalmente a través de acuerdos celebrados con Kopinor, lo cual genera anualmente 8 billones de pesos aproximadamente en concepto de derechos. Ello representa 2 000 pesos por habitante, y hace que Kopinor sea una de las empresas colectivas de mayor éxito en todo el mundo en el área de la reprografía. Del total de derechos recaudados, 47 billones de pesos han sido distribuidos a autores y editores noruegos y extranjeros. El resto, 3 billones, o sea el 5,8% del total recaudado, ha sido utilizado con fines administrativos. Quisiera, no obstante, agregar que los intereses sobre los derechos recaudados sobrepasan significativ-amente el valor de costos administrativos. Lo que quiere decir que hemos distribuido a los poseedores de derecho más de lo que en realidad hemos recaudado en tal concepto. Anualmente, los editores de Noruega pueden esperar recibir unos 2,3 billones, y los autores noruegos aproximadamente 3,1 billones de pesos, en concepto de compensación por fotocopiado. 9 IFRROLa Federación Internacional de Organizaciones de Derechos de Reproducción ( IFRRO) vincula a todas las organizaciones nacionales de derechos de reproducción (miembros), así como las asociaciones nacionales y internacionales de titulares de derechos (miembros asociados). Actualmente la IFRRO cuenta con 31 organizaciones de derechos de reproducción en 24 países. Estos son los siguientes: Países con sociedades miembros de la IFRRO
África
América
Europa
Asia
Oceanía Se espera que en el futuro próximo hayan más organizaciones de derecho de reproducción que se adhieran, entre ellas países latinoamericanos y africanos, Hong Kong y Tailandia.La IFRRO tiene tres objetivos principales:
10 Los Sistemas Principales de la Gestión Colectiva de Derechos de Reproducción ReprográficaHay tres sistemas principales en la administración colectiva de los derechos de reproducción reprográfica:
10.1 La licencia voluntariaTodas las sociedades de administración colectiva basan sus actividades en los mandatos dados por los titulares de los derechos. Los derechos de los titulares extranjeros se adquieren mediante acuerdos de representación recíproca. Es decir que una sociedad puede representar a otras sociedades en otros países. Porque ninguna sociedad puede representar a la totalidad de los poseedores de derechos, existen diferentes técnicas jurídicas que apoyan a la administración colectiva y permiten que la organización conceda licencias generales, cuando el usuario tiene interés en fotocopiar material de titulares que no son miembros de las sociedades. Si no hay ningún apoyo directo de parte de la legislación nacional, la sociedad de gestión podría asumir, en el contrato con el usuario, la responsabilidad de pagar a los titulares que no están representados. Esto no significa que la utilización sea permisible, pero elimina la responsabilidad financiera en el marco del derecho civil. Puesto que un acuerdo no puede pasar a llevar la responsabilidad en el marco del derecho penal, el usuario sigue siendo responsable de cualquier infracción cometida. Hay sistemas de este tipo en los EE.UU. (CCC), Canadá (CanCopy et UNeQ), Italia(AIDRO), Irlanda y Japón. 10.2 La licencia voluntaria con apoyo legislativoEl artículo 9.2 de la Convención de Berna establece que: "se reserva a las legislaciones de los países de la Unión la facultad de permitir la reproducción de dichas obras en determinados casos especiales, con tal que esa reproducción no atenté a la explotación normal de la obra ni cause un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor". En numerosos países existe un sistema legal suplementario de apoyo al licenciamiento de fotocopias, o que facilita la aplicación de otra forma de administración colectiva de los derechos. En Francia hay un sistema obligatorio de administración colectiva por una sociedad. Es decir que confiere al usuario y a la sociedad una cartera completa. Pero la sociedad tiene la libertad de concluir acuerdos sobre el fotocopiado. En los países nórdicos, la respuesta al problema de los titulares de derechos no representados (externos) ha sido la denominada licencia colectiva ampliada. Las partes esenciales de esta legislación son:
10.3 La licencia no voluntariaSegún un sistema de licencias no voluntarias, la ley contiene disposiciones que conceden a la organización un derecho general para representar a los titulares de derechos. O se presume que la organización tiene dicho derecho, como en Francia. Hay tales sistemas en Alemania, Australia, Austria, Bélgica, España, Grecia, Holanda, Portugal y Suiza. El usuario tiene que pagar un impuesto a la sociedad de gestión, si compra una fotocopiadora, un impresor o un telefax en Alemania,. Además, hay que pagar una tarifa establecida por el Gobierno, por cada pagina fotocopiada. En Holanda, por ley, las administraciones publicas, las bibliotecas y los establecimientos educacionales son autorizados a sacar fotocopias de material protegido. Tienen que pagar a la sociedad de gestión, un precio por cada pagina establecido por la ley. 11 Elementos Básicos de los AcuerdosEl elemento básico de los acuerdos concertados por las sociedades de gestión, consiste en evitar y impedir que las fotocopias substituyan el material publicado protegido por derechos de reproducción. Los acuerdos permiten solamente de fotocopiar:
12 Las RecaudacionesEn general, la recaudación de derechos se basa en:
A veces el sistema de recaudación puede ser más simplificado. Por ejemplo, en Noruega, en las universidades los estudiantes pagan a Kopinor un derecho anual por las fotocopias que sacan o reciben. 13 Distribución de Derechos RecaudadosPor supuesto, la cuestión de la repartición equitativa de los derechos recaudados es esencial. Es claro que cuando se efectúan las distribuciones en concepto de reprografías, lo ideal sería poder remunerar a cada poseedor de derechos sobre una base individual por la utilización de su obra. Pero, los métodos exactos son muy costosos. Para la distribución de los ingresos, todos las sociedades se sirven en la mayoría de los casos de extrapolaciones matemáticas de datos estadísticos. Se utilizan los siguientes métodos alternativos de distribución de derechos recaudados:
Por ejemplo en los EE.UU. existe la distribución sobre la base de un informe completo. Las licencias en esos casos son basadas en los precios individuales, en las que es posible establecer la distribución sobre la base de la utilización real. Una base común para la distribución individual es el muestreo. Un determinado número de usuarios informa sobre la utilización cada cierto tiempo, según acuerdos convenidos. Por ejemplo, en Dinamarca el 5 % de todas las escuelas informan cada año sobre las fotocopias efectuadas a CopyDan, a la sociedad de gestión local de derechos de reproducción. La distribución a los titulares de los derechos se realiza sobre labase de este muestreo. La disponibilidad objetiva de material en el mercado existe por ejemplo en Alemania. El principio es que todo el material existente en el mercado puede copiarse y, en cierta etapa, probablemente será copiado. Los autores y los editores informan a la sociedad local cuáles han sido sus publicaciones. En Noruega los editores tienen a hacer una distribución individual basándose sobre los resultados de las ventas del tipo de publicación pertinente. La distribución para los fines colectivos existe en Suecia, Finlandia, Islandia y Noruega. Los titulares de los derechos distribuyen los ingresos a los titulares a través de los asociaciones de los titulares. Las asociaciones utilizan parte del dinero para beneficio común de todos los poseedores de derechos dentro de la categoría pertinente. Sin embargo, la mayoría de los derechos recaudados son distribuido a los titulares individuales en forma de becas, cursos, etc. Es importante observar que ésta es la solución que los titulares de derechos mismos ha elegido a través de sus organizaciones. La idea básica es alentar la creación de nuevas obras y de ésta manera conservar un alto nivel de las propiedades intelectuales, creadas y publicadas en el país pertinente. 14 La Repartición de Derechos entre Autores y EditoresMientras que los autores, en el sistema jurídico de derecho de autor, tienen derecho a remuneración por el uso de sus obras de acuerdo con la Ley de Protección de los derechos de reproducción, los editores exigen que su parte de los ingresos se base en la Ley de Control de la Competencia. En Alemania, por ejemplo, la repartición entre editores y autores es la siguiente:
15 Titulares de derechos extranjerosInvestigaciones estadísticas efectuadas indican que en promedio cerca del 20 % de los materiales fotocopiados son copias de material extranjero. Los derechos recaudados por el fotocopiado de material extranjero, son distribuidos a los titulares a través de acuerdos bilaterales entre las sociedades de gestión. Hay dos tipos de convenciones bilaterales de representación recíproca - el acuerdo de tipo A, y el acuerdo de tipo B. Normalmente, los derechos recaudados se distribuyen como remuneración individual. En este caso la remuneración se canaliza a través de la sociedad de gestión en el país interesado (el acuerdo recíproco de tipo A). Algunas sociedades de gestión en sus etapas iniciales han preferido concertar acuerdos de representación recíproca en los que no se realiza una transferencia de remuneración entre los países (el acuerdo recíproco de tipo B). El principio de los acuerdos de este tipo, es que los derechos recaudados en el país X (por ejemplo España) son iguales a aquellos recaudados en el país Y (por ejemplo Canadá). 16 El respeto por los Derechos de Autor alienta la creatividadPara la sociedad es importante tener un acceso razonable a las obras científicas y literarias. Sin embargo, si se permite que prolifere la fotocopia ilícita, la creatividad intelectual se ve amenazada ya que se puede llegar a socavar los fundamentos de la labor de publicación. No me parece que la creatividad intelectual vaya a desaparecer si desaparece la industria de la publicación. Sin embargo, el acceso a las obras intelectuales depende normalmente de quienes están dispuestos a invertir recursos para que el público tenga acceso a las obras. Es poco probable que un editor publique una obra de la que sólo se venden pocos ejemplares debido a que también circulan en el mercado ejemplares publicados ilícitamente. El estimular la creación de obras intelectuales sólo puede redundar en beneficio de la sociedad. Los derechos de autor constituyen la base legal para la creación de obras intelectuales. El respeto a los derechos de autor contribuye de esta manera a alentar la creatividad! Y otro aspecto importante en este contexto es la manera en que se administran los derechos de reproducción reprográfica. La remuneración por fotocopias que se canaliza a autores y editores, puede servir de estímulo para la creación de nuevas obras intelectuales. Los libros, la música en pliegos, diarios y revistas generan ingresos para los poseedores de derechos. Este también debe ser el caso, tratándose de material fotocopiado. 26 May 2004
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