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EspañolNuestro prospecto Kopinor - una breve introducción - ofertas un viaje dirigido por las actividades de Kopinor. Usted puede
Para descargarlo, es necesario el programa Adobe Reader. Puede descargarlo aquí. Kopinor – Una breve introducciónLas fotocopias ilegales – una amenaza para la libre circulación de la información Es importante que toda sociedad posea medios accesibles, sencillos y razonables mediante los cuales sus habitantes conozcan las obras literarias y científicas existentes. Pero la edición de esas obras puede verse amenazada si el país no adopta las medidas necesarias que impidan el fotocopiado ilegal. Esta situación puede afectar gravemente el aspecto creativo de la vida intelectual y cultural, en particular en los países pequeños y en desarrollo. La creatividad intelectual es de vital importancia para el desarrollo y el progreso de una nación y los derechos de propiedad intelectual proveen la base económica para el proceso creativo. El respeto por los derechos de propiedad intelectual alienta la creatividad! Es esencial no confundir el principio de “libre circulación de la información” (principio ampliamente apoyado por autores y editores) con la idea de “circulación de la libre información”. Los libros, las revistas y los periódicos tienen un costo y generan ingresos a sus creadores. Los creadores deben obtener su justa recompensa cuando sus obras son copiadas. El fotocopiado y el copiado digitalSegún fuentes noruegas, cada alumno en edad escolar fotocopia anualmente 299 páginas de material protegido por derechos de propiedad intelectual. En las escuelas secundarias y la universidad esas cifras se elevan a 770 páginas fotocopiadas por estudiante. Todos los años cada uno de los 117.000 empleados de la administración gubernamental noruega obtiene 351 fotocopias de material protegido por derechos de autor. Las máquinas tradicionales de fotocopiado están siendo reemplazadas por copiadoras digitales más efectivas. El número de copias que se realizan en Noruega se incrementa constantemente en todas las áreas de la sociedad. Al mismo tiempo, la aplicación de nuevas tecnologías digitales desafía a los titulares de derechos de propiedad intelectual: nuevos métodos para escanear sistemas de imágenes y archivo y la divulgación de trabajos por diversos medios a través de redes están siendo utilizados en la educación, la administración pública, la actividad comercial y las organizaciones. La duplicación digital institucional e interna de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual requiere de una planificación para el otorgamiento de licencias para su reproducción. Un conjunto integral de derechosKopinor fue creada el 30 de abril de 1980. Cualquier asociación que represente a titulares de derechos de propiedad intelectual sobre obras publicadas puede, en principio, ser miembro de Kopinor. En la actualidad, Kopinor está integrada por 21 organizaciones, de las cuales 5 son asociaciones de editores y las 16 restantes corresponden a asociaciones de autores. Esta amplia representatividad constituye la columna vertebral de Kopinor y permite que ésta ofrezca licencias de fotocopiado (reproducción reprográfica) de obras publicadas a usuarios, tomando como base un conjunto integral de derechos que abarcan todas las categorías relevantes de obras. Kopinor representa también a los titulares extranjeros de derechos de propiedad intelectual, ya sea mediante leyes o bien mediante acuerdos bilaterales con las organizaciones que defienden los derechos de reproducción en otros países. Actualmente, Kopinor recauda en Noruega el 80% de los derechos de propiedad intelectual del material fotocopiado en ese país. Las organizaciones que forman parte de Kopinor la han autorizado para negociar y celebrar acuerdos colectivos en todos los ámbitos de la sociedad en lo referente a fotocopiado y otros usos similares de aquellas obras que estén protegidas por derechos de propiedad intelectual. Un nuevo e importante objetivo es negociar acuerdos con bibliotecas, instituciones educativas y empresas públicas y privadas sobre la reproducción digital de obras noruegas. Desde 1980 hasta la fecha, Kopinor ha percibido más de NOK 2,5 billones (aproximadamente USD 400 millones o EUR 300 millones) en concepto de compensación por copias.
Tipo de cambio del dólar y del euro, diciembre de 2004: 1 dólar = 6,15 coronas noruegas • 1 euro = 8,20 coronas noruegas
Los convenios con los usuariosKopinor ha celebrado convenios sobre reproducción reprográfica con
Los acuerdos que celebra Kopinor permiten, en general, el fotocopiado para uso interno solamente, es decir, el uso de esas fotocopias dentro de la institución u organización cubierta por el acuerdo, siempre y cuando no esté destinado a la distribución pública o su venta en el mercado. Otra restricción fundamental en los convenios es que un usuario puede copiar, por ejemplo, solo una parte de un libro o publicación similar. Una universidad puede, por ejemplo, copiar solo el 15% de un libro de texto, o un capítulo entero o una sección similar, por persona y por año, si el texto todavía está disponible a la venta en comercios o en la editorial que lo publicó. El material que sea particularmente vulnerable de ser copiado, como una partitura musical, está protegido por regulaciones más estrictas. El usuario puede, sin embargo, obtener copias de periódicos, revistas y otras publicaciones sin límite en la cantidad de páginas, siempre y cuando abone el importe correspondiente. El valor de la página fotocopiada oscila (2005) entre 0,306 coronas noruegas y 1,326 (0,05 – 0,215 dólares / 0,037 – 0,16 euros) según el usuario. Aranceles y su distribución según resultados estadísticosLos estudios estadísticos son realizados cada tres a cinco años en cada área cubierta por cada uno de los convenios acordados a nivel central. Los estudios estadísticos establecen el número de páginas fotocopiadas que deberá pagar el usuario, generando así la base de la distribución de los derechos de autor a los titulares de derechos de propiedad intelectual sobre una obra. En general, el período durante el cual se realiza el estudio estadístico es de 3 a 4 semanas. Durante ese lapso se obtiene una fotocopia extra de todo el material fotocopiado de aproximadamente el 5 % de las unidades incluidas en un acuerdo, excepto aquellas de carácter confidencial. Las copias extra son posteriormente enviadas a una oficina independiente de estudios estadísticos donde son codificadas y analizadas. A continuación se mencionan algunos de los datos obtenidos en esos estudios estadísticos:
Según estimaciones realizadas por Kopinor, en Noruega se fotocopian anualmente más de 650 millones de páginas de material protegido (la cantidad de habitantes asciende a 4,4 millones de personas). No se considera ventajoso ni practicable, en términos de costos, tratar de determinar el editor, el título de la obra o el nombre del autor mediante métodos selectivos y en forma individual. El porcentaje de los derechos de autor que percibe el editor oscila entre el 25% y el 50%, de acuerdo con la categoría de la publicación copiada. La posterior distribución de los derechos se efectúa entre los diferentes grupos de autores, en virtud de los datos estadísticos recopilados según el tipo de material que ha sido copiado. Los grupos de titulares de derechos de propiedad intelectual en Noruega negocian convenios entre ellos, de modo tal de establecer las bases de la distribución de derechos de autor que luego realiza Kopinor. Si las negociaciones fracasan, un consejo de distribución designa a dos de sus miembros para actuar como mediadores; si tampoco en ese caso se arribara a un acuerdo, el consejo resuelve sobre la distribución y el pago de los derechos. Esta resolución puede ser apelada ante un Tribunal Arbitral interno, quien resolverá la controversia con carácter definitivo. Las organizaciones afiliadas distribuyen la mayor parte de sus ingresos entre los autores y editores en forma individual. Las asociaciones de autores, por su parte, reparten lo percibido en forma de becas, cursos, etc. Los derechos de autor pueden también utilizarse en beneficio de todos los autores o editores en sus grupos respectivos. Alrededor del 20% de los derechos de autor corresponde a obras extranjeras. Esos derechos son transferidos a los titulares de derechos de propiedad intelectual por intermedio de las Organizaciones de Derechos de Reproducción en otros países, sobre la base de acuerdos bilaterales. Kopinor – miembro de IFRROKopinor es miembro de la Federación Internacional de Organizaciones de Derechos de Reproducción (IFRRO), que vincula a todas las organizaciones nacionales de igual carácter como así también a muchas asociaciones de titulares de derechos de propiedad intelectual nacionales e internacionales. Actualmente IFRRO cuenta con 38 organizaciones en su seno. Además son miembros asociados de IFRRO 58 asociaciones nacionales e internacionales de titulares de derecho de propiedad intelectual. Sitio Web: www.ifrro.org. El respeto a los derechos de propiedad intelectual alienta la creatividad Traducción al español de Ricardo Naidich 15 February 2005
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